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Ley 42 De 1894

Artículo 1

1 inciso

° El Congreso de Colombia reconoce los importantes servicios que el General Buenaventura Reinales prestó á la Patria en los diversos y elevados puestos públicos civiles y militares que desempeño; reconoce la entereza de carácter con que sostuvo la causa de sus convicciones, y cumple un deber de justicia al recomendar su nombre, como digno ejemplo de virtudes cívicas, á la posterioridad.

Artículo 2

1 inciso

° Del Tesoro Nacional, y por una sola vez, se entregará á la Sra. viuda del General Buenaventura Reinales la cantidad de cinco mil pesos ($5,000) cuya suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos para el bienio de 1895 y 1866.

Artículo 3

Miguel A. Peñaredonda

1 inciso

° Copia auténtica de esta ley será enviada á la familia del General Reinales.

Firmas

El Presidente Del Senado
El Presidente de la Cámara De Representantes
El Secretario Del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Gobierno, Encargado del Despacho