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Ley 106 De 1940

Artículo 1

1 inciso

Los productos del Acueducto y Alcantarillado de Ipiales que actualmente construye la Nación en cumplimiento de las Leyes 12 de 1926, 16 de 1927 y 59 de 1935, se destinan por la presente Ley al fomento de las mismas Empresas; a mejoras urbanas, tendientes al ornato y embellecimiento de la ciudad de Ipiales y a construcción de obras públicas del mismo Municipio.

Artículo 2

1 inciso

Mediante el control del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, la administración de estas Empresas estarán a cargo de una Junta cuyos miembros prestarán sus servicios ad honorem, la cual estará integrada por tres miembros designados así: uno por el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social; otro por la Gobernación de Nariño, y el tercero por el Consejo Municipal de Ipiales. La Junta nombrara el personal subalterno de las oficinas de la Administración y un Gerente responsable, quien rendirá sus cuentas, con el visto bueno de ella, a la Contraloría General de la República.

Artículo 3

1 inciso

Con el objeto de impulsar las construcciones de las obras de que trata la presente ley, se faculta a la Junta, previa aprobación del Gobierno, para contratar empréstitos, para delegar el control financiero también para realizar las obras por contrato.

Artículo 4

1 inciso

La Empresa del Acueducto suministrara gratuitamente al Municipio de Ipiales, a os establecimientos de beneficencia y educación y al Gobierno Nacional, la cantidad de agua que necesiten para sus dependencias en la ciudad de Ipiales y respetara los contratos que, en orden al acueducto y alcantarillado, haya celebrado o celebre en el futuro, con particulares, el Gobierno Nacional.

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social