Artículo 1
Abrense al presupuesto de gastos de la vigencia en curso los siguientes créditos adicionales con las imputaciones que en seguida se expresan:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Congreso-Personal
Artículo 1º Dietas de los Senadores y sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en treinta días de sesiones de prórroga, del 18 de octubre al 16 de noviembre de 1916, así:
Artículo 2º Dietas de los Representantes y sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara en treinta días de sesiones de prórroga del 18 de octubre al 16 de noviembre de 1916, así:
Dietas de noventa y dos Representantes, a $ 10 diarios cada uno
Academia de Historia, Biblioteca, Museo y Observatorio Astronómico Nacionales
Artículo 334. Para la adquisición de unos objetos indígenas de oro y una urna adecuada para guardarlos en el Museo con la debida seguridad, hasta
Edificios nacionales
Gastos varios