Artículo 1
000) con la siguiente imputación:
Ley 88 De 1937
000) con la siguiente imputación:
° Con la suma de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales a la Ley de Apropiaciones vigente:
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
940-84), ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:
DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE
Lucha antileprosa.
000) tomados de los pagarés del Tesoro destinados por los artículos 2° de la Ley 20 de1930 y 3° de la Ley 18 de 1932 para la financiación de las obras del nuevo acueducto de Cartagena; en la de cincuenta mil pesos ( $ 50.000) de intereses devengados por los mismos pagares, y en la de sesenta y seis mil cuarenta y nueve pesos, con sesenta centavos ($ 66.049.62) que está en poder del Tesorero de la Junta Municipal del mismo acueducto, ábrese un crédito adicional de carácter suplemental al Presupuesto vigente por la suma de doscientos cincuenta y seis mil cuarenta y nueve pesos, con sesenta y dos
PRESUPUESTO DE GASTOS EXTRAORDINARIOS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
000 y $ 100.000, hechos por el Departamento de Santander del Norte y por el Municipio de Cúcuta, respectivamente, con destino a la construcción del acueducto y alcantarillado de esta ciudad, de acuerdo con el contrato de 26 de febrero de 1936, celebrado por el Gobierno con el Municipio mencionado, ábrese un crédito adicional al Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
000) en la forma siguiente:
° Con la suma de que trata el artículo anterior abrense los siguientes créditos adicionales, de carácter suplementario, a la Ley de Apropiaciones vigente:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Deuda Interna
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACION
Institutos Varios
°- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Contracredito
MINISTERIO DE EDUCACION
Crédito adicional.
El artículo 263 del Capítulo 48 del Presupuesto actual para el Ministerio de educación Nacional "Institutos varios" quedara así: Para construcción, dotación y sostenimiento de una Escuela de Artes y Oficios en Valledupar, destinada especialmente para indígenas motilones, arhuacos y goajiros$25.000.00
000.000.00 hecho al Gobierno por el Banco Central Hipotecario, en cedulas internas del mismo Banco, del 7 por 100anual, autorizadas por la Ley 104 de 1936 , con destino a la construcción del sector del Ferrocarril Troncal de Occidente, que conecta La Virginia con la estación Alejandro López, del ferrocarril de Antioquia, y a la prolongación del Ferrocarril Tolima-Huila-Caquetá, hasta la ciudad de Neiva, ábrese un crédito adicional al Presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso, con la siguiente imputación:
PRESUPUESTO DE GASTOS EXTRAORDINARIOS
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Adiciónase el Presupuesto de rentas de la vigencia fiscal en curso en la suma de cincuenta mil pesos, con la siguiente leyenda: Impuestos directos e indirectos17. Tonelaje$50.000.00
Con la suma de que trata el artículo anterior, ábrese un crédito adicional de carácter suplementario a la Ley de Apropiaciones vigente, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Servicio diplomático y consular
Gastos varios.
439.86) con la siguiente imputación:
Con la suma de que trata el artículo anterior, ábrese a la Ley de Apropiaciones vigente, los siguientes créditos adicionales:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Congreso Nacional
Gastos varios.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Participaciones e indemnizaciones
Deuda interna.
Deuda interna.
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Institutos varios.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Edificios y parques nacionales.
Auxilios y conservación de monumentos
Auxilios y conservación de monumentos
DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE
Lucha antileprosa
Esta ley regirá desde su sanción.