Artículo 1
1 inciso
Como base del saneamiento del puerto de Riohacha, el Gobierno procederá a construir en dicho puerto un acueducto suficientemente capaz para proveer de agua potable la población, tomando las aguas del rio Tapia.
Ley 21 De 1924
Como base del saneamiento del puerto de Riohacha, el Gobierno procederá a construir en dicho puerto un acueducto suficientemente capaz para proveer de agua potable la población, tomando las aguas del rio Tapia.
Antes del 1º de enero de 1925 la Comisión Técnica del Ministerio de Obras Públicas tendrá formados los planos y presupuestos de la obra, a efecto de que el Gobierno pueda emprender cuanto antes los trabajos del caso.
En la ley de apropiaciones para la vigencia fiscal próxima, se incluirá la suma de doscientos mil pesos ($200.000) con destino a los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley.