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Ley 65 De 1947

Artículo 1

1 inciso

La Republica honra la memoria ilustre del doctor Fabio Lozano Torrijos.

Artículo 2

1 inciso

En el Cementerio Central de Bogotá se construirá un mausoleo para guardar los restos del esclarecido colombiano.

Artículo 3

1 inciso

En la población de Santa Ana - hoy Falan - se construirá un edificio destinado a escuela, que lleve su nombre, y se erigirá un busto como homenaje nacional a su memoria.

Artículo 4

1 inciso

En el salón principal de la Gobernación del Tolima se colocara un retrato al óleo del doctor Fabio Lozano Torrijos.

Artículo 5

1 inciso

El Gobierno editara una antología de las producciones literarias y políticas del doctor Lozano.

Artículo 6

1 inciso

Para el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley destinase hasta la suma de sesenta mil pesos ($60.000).

Artículo 7

1 inciso

Sendas copias autógrafas de esta Ley se entregaran a los hijos del doctor Lozano.

Artículo 8

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional