Artículo 1
La republica honra la memoria del doctor Rubén Jaramillo Arango, jurisconsulto eminente, prestigioso profesor universitario, político de altas prendas morales y dignísimo exponente de la sociedad colombiana.
Ley 65 De 1944
La republica honra la memoria del doctor Rubén Jaramillo Arango, jurisconsulto eminente, prestigioso profesor universitario, político de altas prendas morales y dignísimo exponente de la sociedad colombiana.
En el cementerio de la Capital de la República se levantará un monumento en que habrá de reposar los restos mortales del insigne colombiano, y en que se grabara la siguiente inscripción:
EL CONGRESO NACIONAL
A RUBEN JARAMILLO ARANGO
Un retrato al óleo del extinto será colocado en el salón de grados de la universidad nacional, con la misma inscripción.
Ejemplares autógrafos de esta ley serán entregados a la Señora Viuda de Jaramillo Arango y a los hermanos de éste.
Destinase la suma de diez mil pesos ($10.000.00) para dar cumplimiento a esta Ley, y la partida respectiva se incluirá en el presupuesto de la vigencia próxima.
Esta ley regirá desde su sanción.