Artículo 1
1 inciso
Las resoluciones del Gobernador se someterán a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, pero surtirán sus efectos mientras no sean aprobadas.
Ley 106 De 1923
Las resoluciones del Gobernador se someterán a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, pero surtirán sus efectos mientras no sean aprobadas.
Esta Ley regirá desde su promulgación.