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Ley 251 De 1995

Artículo 1

1 inciso

Apruébase la «Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales», hecha en La Haya el 18 de octubre de 1907.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª. de 1944, la «Convención para el Arreglo Pacífico de los Conflictos Internacionales», hecha en la Haya el 18 de octubre de 1907., que por el artículo 1° de ésta Ley se aprueba obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

Artículo 3

1 inciso

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Defensa Nacional