Artículo 1
ª del presente año, no se oponen a la imposición de empréstitos voluntarios o forzosos, a la esaccion de suministros de guerra, ni al cobro del impuesto sobre el ganado de consumo de que el Poder Ejecutivo puede hacer uso durante la guerra, de acuerdo con las facultades que como beligerante tiene el Gobierno conforme al artículo 91 de la Constitución.