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Ley 8 De 1919

Artículo 1

2 incisos

Dicho Profesor deberá ser persona versada en la instalación y el manejo de los diversos aparatos de Radiología y Radiografía y en los más recientes desarrollos sobre la materia.

La partida necesaria para atender a este gasto se considerara incluida en el Presupuesto de gastos.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Camara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instruccion Pública