Artículo 1
1 inciso
Artículo único. Concédese a cada una de las señoras Clara Herrera i Adelaida Valencia la pension vitalicia de veinte pesos mensuales, pagadera del Tesoro nacional.
Ley 48 De 1873
Artículo único. Concédese a cada una de las señoras Clara Herrera i Adelaida Valencia la pension vitalicia de veinte pesos mensuales, pagadera del Tesoro nacional.