Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 8 De 1911

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Cédese al Departamento del Norte de Santander, con el único y exclusivo objeto de que sirva para la construcción de la casa de Gobierno, el lote de terreno que, contiguo a la Aduana, posee la Nación en la ciudad de San José de Cúcuta.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República