Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 42 De 1968

Artículo 1

1 inciso

La Nación se asocia al cincuentenario de la fundación del Municipio de San José de Miranda (Santander), que se celebró el 8 de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco (1965), exalta y honra la memoria de su fundador presbítero Isidro Miranda Morantes.

Artículo 2

1 inciso1 parágrafo

Destínase la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) moneda legal, para la construcción y dotación de la Escuela Normal de Señoritas de aquella localidad, la cual continuará funcionando como Normal Nacional Superior.

Parágrafo

Facúltase al Gobierno Nacional para efectuar los traslados, créditos y demás operaciones presupuestales que sean necesarios, para darle inmediato cumplimiento al presente artículo.

Artículo 3

1 inciso

Las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967 , y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por las entidades beneficiadas con la presente Ley, en el momento de hacerse el pago de las apropiaciones a que ella se refiere.

Artículo 4

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional