Artículo 1
1 inciso
° Concéderse por una sola vez, al Capitán Julián Muñoz, natural y vecino de Güián, una recompensa de seiscientos pesos ($600).
Ley 57 De 1894
° Concéderse por una sola vez, al Capitán Julián Muñoz, natural y vecino de Güián, una recompensa de seiscientos pesos ($600).
° Dicha cantidad se incluirá en el Presupuesto de Gastos de la vigencia próxima.