Artículo 1
1 inciso
Prohíbese a perpetuidad a los señores Cárlos Bermúdez, Manuel Canuto Restrepo; Joaquin Guillermo González i José Ignacio Montoya, Obispos respectivamente, de Popayan, Pasto, Antioquia i Medellin, el ejercicio de funciones de prelado u ordinario eclesiástico en el territorio de los Estados Unidos de Colombia.