Artículo 1
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Agosto 27 De 1896
1 inciso
Artículo único . Reconócerse á favor del Sargento Mayor Carlos Solano, el crédito de seiscientos pesos ($ 600), que se incluirá en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia.
Ley 7 De 1896
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Agosto 27 De 1896
Artículo único . Reconócerse á favor del Sargento Mayor Carlos Solano, el crédito de seiscientos pesos ($ 600), que se incluirá en el Presupuesto de Gastos de la próxima vigencia.