Artículo 1
1 incisoderogado por ley 2085/21
Derogado.
Ley 2 De 1968
Derogado.
La apropiación presupuestal con cargo a la cual se señala este auxilio, se incluirá en el Presupuesto de Gastos de las vigencias fiscales a que se refiere el artículo 1º de esta Ley, y en el caso de que esto no ocurriere el Gobierno queda autorizado para efectuar los traslados presupuestales respectivos, y aún para hacer uso de los recursos del crédito mediante la contratación de un empréstito especial, a fin de garantizar por todos los medios, el exacto cumplimiento de la presente Ley. Vigente desde: 26/01/1968 y hasta el: 02/03/2021
Derogado.
Derogado.