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Ley 105 De 1948

Artículo 1

1 inciso

000) con destino a la construcción de un pabellón en la plaza de mercado en dicha ciudad.

Artículo 2

1 inciso

Si no se incluyere totalmente en la presente vigencia fiscal, se hará necesariamente en las vigencias siguientes.

Artículo 3

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas