Artículo 1
Elévase a $ 20.000 por kilómetro la subvención decretada por el artículo 12 de la Ley 106 de 1927 , en favor de la obra de la Carretera al Mar que actualmente construye el Departamento de Antioquia.
Igual subvención y en las mismas condiciones de esta Ley se concederá al Departamento Norte de Santander para adelantar la carretera que actualmente se construye entre Cúcuta y un puerto sobre el Bajo Magdalena, sector que tendrá carácter departamental.