Artículo 1
Derogado.
Ver el texto original (antes de su derogación)
Dentro del menor tiempo posible, el gobierno nacional, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, procederá a ejecutar los trabajos de limpia, rectificación canalización del río Mojana, en el Departamento de Bolívar, a fin de que, en todas las épocas del año, la mencionada vía acuática sea navegable desde la boca de perico, sobre el Magdalena, hasta el puerto de majagual.