Artículo 1
Declarar monumento nacional la casa marcada con el número 8 - 75 de la calle 35 del plano urbano de Bucaramanga en donde nació el General Custodio García Rovira.
Ley 48 De 1966
Declarar monumento nacional la casa marcada con el número 8 - 75 de la calle 35 del plano urbano de Bucaramanga en donde nació el General Custodio García Rovira.
Destinar la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00), con el fin de que la Academia de Historia de Santander adquiera la casa de que trata el artículo anterior, y organice un museo de armas como homenaje al ilustre ex - Presidente de Colombia.
Destinar la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00), para la dotación del Colegio de Varones "García Rovira" que funciona en la ciudad de Málaga.
Las anteriores partidas serán incluídas en el Presupuesto Nacional de 1964, y en caso de que esto no ocurriere, queda autorizado el Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, con el fin de garantizar el cumplimiento de la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.