Artículo 1
1 inciso
Declárase que sus virtudes cívicas, sus talentos i su valor honraron a la Patria.
Ley 7 De 1877
Declárase que sus virtudes cívicas, sus talentos i su valor honraron a la Patria.
El Poder Ejecutivo hará presentar un ejemplar de este decreto a la familia del agraciado, en forma digna de la Nacion i del héroe.