Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 64 De 1894

Artículo 1

1 inciso

° Autorízase al Gobierno para celebrar un arreglo que ponga término á la reclamación entablada para el pago de la indemnización del valor de una faja de terreno tomada á Nepomuceno Carrillo para la construcción del camellón denominado "Paseo Bolívar."

Artículo 2

2 incisos

° El reconocimiento y pago de la suma que se fije en el arreglo que el Gobierno celebre, se hará al representante legal, y actual dueño de los derechos que se reclaman, previo otorgamiento del interesado de la correspondiente escritura pública de venta á la Nación de la faja de terreno de que se trata, y de expresa renunciación a posteriores reclamos.

Dicha suma se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos para la vigencia de 1895 y 1896.

Artículo 3

1 inciso

° Queda asímismo autorizado el Poder Ejecutivo para arreglar con el Sr. Carrillo, ó con su representante legal, el perjuicio que haya sufrido por la ocupación del terreno, y para devolverle éste, si no fuere necesario para el "servicio público."

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes, NARCISO GARCÍA MEDINA .-Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro del Tesoro, Encargado Del Despacho De Fomento