Artículo 1
1 inciso
Nacionalízanse e inclúyase en la red vial nacional las siguientes carreteras en el Departamento del Magdalena. a) San Pablo del Llano - San Pedro de la Sierra - San Javier.
Ley 20 De 1986
Nacionalízanse e inclúyase en la red vial nacional las siguientes carreteras en el Departamento del Magdalena. a) San Pablo del Llano - San Pedro de la Sierra - San Javier.
El Ministro de Obras Públicas por intermedio de la Jefatura de conservación de carreteras o cualquiera otra dependencia de esa entidad a que corresponda, dispondrá del mantenimiento de las mismas por medio del Distrito 21 que tiene por sede la ciudad de Fundación, en el Departamento del Magdalena.
Esta Ley rige desde su sanción y deroga todas las que sean contrarias.