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Ley 7 De 1873

Artículo 1

1 inciso

Artículo único. Dónase a la señora Hermelina Concha de Gutiérrez, viuda del benemérito ciudadano Santos Gutiérrez, la suma de dos mil pesos ($ 2,000), la que se le pagará del Tesoro de la Nación un mes después de haberse puesto en vijencia los presupuestos de rentas i gastos que se voten para el entrante período económico.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional