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Ley 64 De 1884

Artículo 1

Poder Ejecutivo Nacional - Bogotá, Octubre 6

1 inciso

Artículo único. Exímese al señor Carlos Vallarino, como Habilitado que fue en 1883 del batallón Tiradores, de la responsabilidad de trescientos setenta y un pesos cincuenta y cinco centavos ($371-55 ca.) que elevó á cargo líquida la Corte de Cuentas, cargo á que no pudo contestar por falta de los documentos del caso, que le fue imposible reunir en aquella situación de guerra.

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Unión
El Secretario del Tesoro