Artículo 1
1 inciso
C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).
Ley 799 De 2003
C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000).
C., el veintidós (22) de mayo del año dos mil (2000), que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo).
la fecha de su publicación.