Artículo 1
La campaña contra la lepra se continuara en el país, de acuerdo con los principios universalmente aceptados sobre profilaxia de dicha enfermedad según l os cuales los enfermos, que son un peligro para la sociedad, deben aislarse, y aquellos que no presenten ese riesgo pueden dejasen en libertad, pero sometido a la vigilancia de las autoridades sanitarias y las disposiciones de Departamento Nacional de Higiene.