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Ley 233 De 1995

Artículo 1

1 inciso

Aprúebase el « Convenio Internacional del Café de 1994» adoptado en Londres el 30 de Marzo de 1994.

Artículo 2

1 inciso

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º. de la Ley 7ª de 1944, el «Convenio Internacional del Café de 1994», adoptado en Londres el 30 de Marzo de 1994, que por el artículo primero de ésta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

Artículo 3

2 incisos

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Ejecútese previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Desarrollo Económico, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Comercio Exterior