Saltar al articulado
Volver a la ficha

Articulado completo

Ley 231 De 1938

Artículo 1

1 inciso

El Gobierno procederá a ejecutar, directamento o por contrato, las obras de saneamiento de la zona anexa a los Muelles y Bodegas del Puerto terminal, marítimo y fluvial de Barranquilla.

Artículo 2

1 inciso

Los terrenos beneficiados por los trabajos que ordena esta ley pagarán el impuesto de valorización correspondiente. .

Artículo 3

1 inciso

Las sumas que requiere el artículo 1° se incluirán en la Ley de Apropiaciones de la proxima vigencia y si no se hiciere, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos adicionales y para efectuar los traslados necesarios .Con el mismo fin, el Gobierno podrá hacer uso de las autorizaciones conferidas por el artículo 2° de la Ley 136 de 1936 .

Artículo 4

1 inciso

° Los contratos que celebre el Gobierno en cumplimiento del 1° de la presente ley, sólo requerirán para su validez de la aprobación del Organo Ejecutivo, previo el concepto favorable del Consejo de Ministros y los que formalice en desarrollo de la parte final del artículo 2° únicamente, necesitarán de la aprobación del Organo Ejecutivo, previo el concepto favorable del Consejo de Ministros y de la posterior revisión del Consejo de Estado.

Artículo 5

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas