Artículo 1
"acuerdo Relativo A Los Servicios Postales De Pago"
1 inciso
Apruébase el "Acuerdo relativo a los servicios postales de pago", firmado en Ginebra, el 12 de agosto de 2008.
Ley 1442 De 2011
"acuerdo Relativo A Los Servicios Postales De Pago"
Apruébase el "Acuerdo relativo a los servicios postales de pago", firmado en Ginebra, el 12 de agosto de 2008.
"acuerdo Relativo A Los Servicios Postales De Pago"
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Acuerdo relativo a los servicios postales de pago", firmado en Ginebra, el 12 de agosto de 2008, que por el artículo 1° de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.