Artículo 1
La Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de Barichara, que se cumple en el año de 1942.
Ley 48 De 1940
La Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de la ciudad de Barichara, que se cumple en el año de 1942.
Como homenaje a la ciudad de Barichara y a su ilustre hijo Aquileo Parra, Ex-Presidente de la Republica, el Gobierno Nacional organizara allí el "Colegio de Aquileo Parra", en el cual se harán estudios de bachillerato y cursos de pedagogía teórica y practica para la formación de maestros de escuela primaria.
Como dependencia del "Colegio de Aquileo Parra" se creara, cuando el Gobierno lo juzgue oportuno, una Escuela de Artes y Oficios cuyos estudios se desarrollaran de acuerdo con las necesidades industriales y los elementos del Departamento de Santander.
Autorizase al Gobierno para abrir los créditos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior.
Restablecese el Circuito Civil y Penal de Barichara, en el Distrito Judicial de San Gil, compuesto por los Municipios de Barichara, que será la cabecera, Cabrera y Galán.
En la cabecera de este Circuito habrá un Juez que conocerá promiscuamente de los negocios civiles y penales, con los subalternos existentes en las oficinas similares.
Autorizase al Gobierno para hacer los traslados en el presupuesto o para abrir los créditos necesarios a fin de dar cumplimiento al artículo anterior.
Esta ley regirá desde su sanción.