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Ley 230 De 1995

Artículo 1

1 inciso

D.L.I.", suscrito en Roma el 5 de febrero de 1988.

Artículo 2

1 inciso

D.L.I.", suscrito en Roma el 5 de febrero de 1988, que por el artículo 1° de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.

Artículo 3

La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la República (E.)
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia y de Derecho
El Ministro de Desarrollo Económico