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Ley 15 De 1933

Artículo 1

1 inciso

La República honra la memoria del doctor Daniel Gutiérrez y Arango, y presenta su nombre como el de un servidor ilustre de la Patria.

Artículo 2

1 inciso

Sendos retratos al óleo del doctor Gutiérrez y Arango se colocarán en uno de los salones del Senado y de la Gobernación del Departamento de Caldas.

Artículo 3

1 inciso

Copia de la presente Ley se enviará a la señora viuda del doctor Gutiérrez y Arango y a sus hijos.

Artículo 4

1 inciso

En el Presupuesto de la próxima vigencia fiscal se incluirá la partida de quinientos pesos ($500) con destino al cumplimiento de la presente Ley.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno