Artículo 1
Créase un colegio de bachillerato para varones en el Municipio de Cereté, Departamento de Córdoba.
Ley 20 De 1963
Créase un colegio de bachillerato para varones en el Municipio de Cereté, Departamento de Córdoba.
Destínase la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) para la construcción del local y dotación del colegio a que se refiere el artículo anterior.
La partida estipulada en el artículo 2°. para la realización de este proyecto, será incluida en el Presupuesto de 1962, y en caso de que no lo sea, el Gobierno quedará facultado para hacer las operaciones presupuéstales que sean necesarias.
El gobierno procederá a construir el edificio para el Colegio Mayor de Cultura Femenina de Bolívar, con sede en la ciudad de Cartagena, de acuerdo con los planos y proyectos realizados por el mismo para la construcción del edificio del Instituto Politécnico Femenino en la misma ciudad.
La partida que figura en el proyecto de Presupuesto presentado por el Gobierno para la construcción del edificio del Instituto Politécnico Femenino, se destinará para el del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Bolívar.
En caso de no ser suficiente esa partida para la realización de dichos trabajos, o por cualquier otro inconveniente, se faculta al Gobierno para que haga la apropiación y traslados correspondientes en el Presupuesto, a fin de que tal edificio sea terminado en el menor tiempo posible.
Esta Ley regirá desde su sanción.