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Ley 7 De 1977

Artículo 1

1 inciso

Otórgase a la Corporación XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe, con sede en Medellín, un auxilio del Presupuesto de la Nación por la suma, de ochenta millones de pesos ($ 80.000.000), como participación del Gobierno Nacional y como complementación a los aportes que los Gobiernos Departamental de Antioquia y municipal de Medellín destinarán a la realización de los XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe, que tendrán lugar en el año de 1978.

Artículo 2

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional para contratar empréstitos y realizar todas las operaciones presupuestales y las demás que sean necesarias para el cumplimiento de esta Ley.

Artículo 3

1 inciso

La Corporación XIII Juegos Centroamericanos y del Caribe distribuirá gratuitamente, entre la población estudiantil, el 30%t (treinta por ciento) del total de la boletería para los espectáculos.

Artículo 4

1 inciso

Los equipos e implementos deportivos necesarios para la realización de los Juegos, así como los elementos para las obras e instalaciones deportivas, que sean adquiridos por compras en el exterior por la "Corporación XIII Juegos Deportivos Centroamericanos y del Caribe", estarán exentos de todo impuesto y demás gravámenes aduaneros.

Artículo 5

1 inciso

La Contraloría General de la República ejercerá los controles fiscales pertinentes a fin de garantizar la correcta utilización del auxilio decretado por la presente Ley.

Artículo 6

1 inciso

La presente Ley rige desde su sanción.

Firmas

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional