Artículo 1
1 inciso
Incorpórase al Plan Vial Nacional el tramo de carretera Boquerón-Pandi, en el Departamento de Cundinamarca.
Ley 64 De 1965
Incorpórase al Plan Vial Nacional el tramo de carretera Boquerón-Pandi, en el Departamento de Cundinamarca.
Ordénase la rectificación y pavimentación de la carretera a que se refiere el artículo primero, para lo cual el Ministerio de Obras Públicas efectuará los estudios necesarios que le permita ejecutar las obras propuestas.
El Gobierno Nacional incluirá en las próximas vigencias fiscales las partidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.