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Ley 2 De 1928

Artículo 1

1 inciso

El Congreso de la República honra la memoria del Señor General Jorge Holguín y presenta su vida al pueblo colombiano como ejemplo de buen ciudadano.

Artículo 2

1 inciso

Un busto en bronce del señor General Holguín será colocado en el salón de sesiones de la Cámara de Representantes, y un retrato al óleo en el de sesiones del Consejo de Ministros, en el Palacio Presidencial.

Artículo 3

1 inciso

Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ley, serán liquidados en la de Apropiaciones de la próxima vigencia, y copia de ella será entregada a la familia.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro De Gobierno