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Ley 33 De 1958

Artículo 1

1 inciso

Hacense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal:

Artículo 2

1 inciso

La Prima de Navidad de los empleados de los empleados del congreso nacional será de un mes de sueldo, y el pago respectivo, que se hará en la primera quincena del mes de diciembre, se imputara a la apropiación correspondiente que ara gastos del congreso figure en el Presupuesto Nacional.

Artículo 3

1 inciso

Los productos que ofrezca el servicio de la radio. Televisión comercial, así como los que recaude el Servicio de Inteligencia Colombiano (SIC), por concepto de multas, remates de mercancías, carnes, fotografías, certificados, papel sellado y por cualquier otro concepto, deberán ser consignados diariamente por el funcionario o funcionarios respectivos en la Tesorería General de la Republica, y la Contraloría General de la Republica vigilara que esta disposición tenga su debido cumplimiento.

Artículo 4

1 inciso

Por cada juego de fotografías que se suministre a satisfacción de la Registradora Nacional del Estado Civil y conforme a las especificaciones señaladas por dicha dependencia, se podrá pagar hasta la cantidad de un peso con veinte ($ 1.20).

Artículo 5

1 inciso

Esta Ley regirá desde su sanción.

Firmas

EL PRESIDENTE DEL SENADO
EL PRESIDENTE DE LA CAMARA DE RTEPRESENTANTES
EL SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
EL SECRETARIO DE LA CAMARA DE REPRESENTATES
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
EL MINISTRO DE GOBIERNO
EL MINISTRO DE HACIENDA YREDITO PÚBLICO
EL MINISTRO DE AGRICULTURA
EL MINISTRO DE MINAS YPETROLEOS