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Ley 20 De 1942

Artículo 1

1 inciso

Concédese autorización al Gobierno Nacional para contratar, a corto plazo, un préstamo bancario hasta por la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000.00), con destino a la construcción del Liceo Nacional de Varones de Pamplona.

Artículo 2

1 inciso

Autorízase al Presidente de la República para que, dentro del Presupuesto actual de la Presidencia de la República, reorganice las Secretarias y demás oficinas de la presidencia, creando puestos nuevos, suprimiendo o fusionando los existentes y fijando las asignaciones respectivas.

Artículo 3

1 inciso

Autorízase al Gobierno Nacional para que, con base en lo fondos procedentes de los Bonos de Carreteras de Bolívar , pueda abrir créditos adicionales al presupuesto extraordinario de la presente vigencia fiscal y de las sucesivas, con destino al trazado y construcción de la carretera Sahagún-Montería, en cumplimiento del contrato celebrado entre la Nación y el departamento de Bolívar, con fecha quince de julio del presente año.

Artículo 4

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de La Cámara de Representes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas