Artículo 1
1 inciso
Art. 1.º Hónrase la memoria del Sr. Doctor José Joaquín Ortiz y presentase á los colombianos su laboriosa y larga vida como modelo digno de imitarse.
Ley 27 De 1892
Art. 1.º Hónrase la memoria del Sr. Doctor José Joaquín Ortiz y presentase á los colombianos su laboriosa y larga vida como modelo digno de imitarse.
Art. 2.º Concédese del Tesoro Nacional á su viuda é hijas solteras un auxilio de ocho mil pesos ($8,000), por una sola vez.
Esta suma se incluirá en el Presupuesto del próximo bienio.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 3 De Octubre De 1892
Art. 3.º Copia auténtica de esta ley será presentada á la familia del Sr. Doctor Ortiz por conducto de una comisión del Senado.