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Ley 2 De 1922

Artículo 1

1 inciso

El Congreso, haciéndose interprete del sentimiento público, deplora la muerte del señor doctor Evaristo García, como una perdida para la ciencia médica.

Artículo 2

1 inciso

Honrase la memoria del señor doctor García, y recomiéndasela a la gratitud nacional.

Artículo 3

1 inciso

A costa del Tesoro Nacional se colocara un retrato del doctor García en el salón del Consejo Municipal de Cali. La partida necesaria para el cumplimiento de esta Ley se considerara incluida en el Presupuesto de aproxima vigencia.

Artículo 4

1 inciso

Copia autentica de esta Ley será enviada a la familia del finado.

Firmas

El presidente del senado
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de gobierno