Artículo 1
Ratifícanse la Convención Principal sobre Unión Postal Universal y los Convenios adicionales firmados por los delegados de Colombia al VII Congreso Postal Universal, reunido en Madrid el 10 de noviembre de 1920, que versan sobre canje de encomiendas postales, canje de cartas y paquetes con valor declarado, giros postales, abono a diarios y publicaciones periódicas, transferencia de dinero por correo, cobros postales, sus reglamentos de ejecución y protocolos finales.