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Ley 57 De 1944

Artículo 1

1 inciso1 parágrafo

Créanse cuatro nuevas plazas de magistrados para la sala penal del tribunal superior del distrito judicial de Bogotá, magistrados que elegirá, por una sola vez, la sala de casación en lo criminal de la corte suprema de justicia.

Parágrafo

Cada uno de los magistrados de que trata este artículo, tendrá el personal subalterno y las asignaciones correspondientes.

Artículo 2

1 inciso

Crease una tercera fiscalía para el tribunal superior del distrito judicial de Bogotá, con el mismo personal y asignaciones de las de igual categoría.

Artículo 3

1 inciso

Créanse tres puestos de escribiente para la sala penal del tribunal superior de Bogotá, con las funciones y asignaciones correspondientes.

Artículo 4

1 inciso

A partir del 1o. de julio de 1945, en la cabecera judicial del circuito judicial de Ibagué funcionaran los juzgados de circuito en lo civil y dos juzgados de circuito en lo penal; y en las cabeceras de los circuitos judiciales de melgar, fresno y chaparral, funcionaran un juzgado de circuito en lo civil y un juzgado de circuito en lo penal, en cada una de ellas. PARAGRAFOS. Los juzgados que se crean por este artículo, tendrán los respectivos empleados subalternos con las asignaciones correspondientes.

Artículo 5

1 inciso

Esta ley regirá desde su sanción, y el gasto que demande su vigencia se considerara incluido en los respectivos presupuestos.

Firmas

El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno