Artículo 1
1 inciso
Con la suma de veinte mil pesos ($20.000) se auxilia al Municipio de Jericó (Antioquia) para la construcción de las obras necesarias a evitar los deslizamientos de que viene siendo víctima la población.
Ley 57 De 1939
Con la suma de veinte mil pesos ($20.000) se auxilia al Municipio de Jericó (Antioquia) para la construcción de las obras necesarias a evitar los deslizamientos de que viene siendo víctima la población.
Para la construcción de una muralla de defensa del puerto de Zambrano, en el Departamento de Bolívar, destinase la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000).
Queda facultado el Gobierno, para hacer en la Ley de apropiaciones de la presente vigencia, los traslados que se consideren necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
Esta Ley regirá desde su sanción.