Artículo 1
1 inciso
Hónrase la memoria del Sr. General Antonio B. Cuervo y se dispone que su retrato, costeado con fondos públicos, sea colocado en el lugar que designe el Jefe del Poder Ejecutivo.
Ley 1 De 1894
Hónrase la memoria del Sr. General Antonio B. Cuervo y se dispone que su retrato, costeado con fondos públicos, sea colocado en el lugar que designe el Jefe del Poder Ejecutivo.
En el Presupuesto de Gastos de incluirán la partida necesaria para que tenga cumplimiento lo dispuesto en el artículo 1° de esta Ley.
Gobierno Ejecutivo
Copia auténtica de esta Ley será remitida a los Sres. D. Angel y D. Rufino José Cuervo, hermanos del ilustre finado, por conducto de la Legación Colombiana den Paris.