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Ley 41 De 1880

Artículo 1

1 inciso

Art. 1 .° El Poder Ejecutivo mandará hacer una esploracion científica en el rio Cauca, en la parte comprendida entre el paso denominado " La Balsa " o " Panezo " i los saltos existentes en el Municipio del Quindío, con el objeto de conocer i determinar obstáculos que impiden el libre curso de las aguas de dicho rio i que contribuyen a sus inundaciones.

Artículo 2

1 inciso

Art. 2.° Hecho lo que espresa el artículo anterior, i formados los planos respectivos i los presupuestos de la obra que se requiere "para suprimir aquellos obstáculos, el Poder Ejecutivo mandara ejecutarla.

Artículo 3

1 inciso

Art. 3.° Las cantidades que se requieran para el cumplimiento de la presente lei se tendrán por incluidas en el Presupuesto de gastos de la vijencia en curso

Firmas

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios
El Presidente de la Cámara de Representantes
El secretario del Senado de Plenipotenciarios
El Secretario de la Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Union
El Secretario del Fomento