Artículo 1
1 inciso
Apruébase el Convenio Comercial entre la República de Colombia y la República de Portugal, suscrito en Lisboa el 28 de diciembre de 1978.
Ley 75 De 1988
El texto propio de esta ley es el acto aprobatorio. Aprueba un instrumento con articulado propio:
Apruébase el Convenio Comercial entre la República de Colombia y la República de Portugal, suscrito en Lisboa el 28 de diciembre de 1978.
La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º. de la Ley 7ª. de 1944, el Convenio Comercial entre la República de Colombia y la República de Portugal, suscrito en Lisboa el 28 de diciembre de 1978, que por el artículo 1º. de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione en vínculo internacional.