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Ley 27 De 1979

Artículo 1

1 inciso

Adicionase al el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de3 setecientos ochenta y dos millones doscientos cuarenta t dos mil pesos ($ 782.242.000.00) moneda corriente, que con base en el Certificado de Disponibilidad de número 4 de 1979 expedido por el Contralor General de la República, se incorpora al siguiente numeral:

Artículo 2

1 inciso

Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, hácense los siguientes creditos adicionales en el Presupuesto de Gasto de la vigencia fiscal de 1979.

Artículo 3

1 inciso

La presente Ley desde la fecga de su sanción.

Firmas

El Presidente del honorable Senado de la Republica
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes
El Secretario General del honorable Senado de la República
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público